La Sociedad Gallega de Cardiología (SOGACAR) establece la concesión de becas de ayuda a estancias formativas en el extranjero, tanto asistenciales como de investigación, con el fin de fomentar el intercambio de conocimientos y experiencia de nuestros/as socio/as en el plano internacional.
La convocatoria de este tipo de ayudas se regirá por las siguientes bases:
Bases:
- La concesión de las becas coincidirá con la Reunión Anual de la SOGACAR.
- El Comité Científico al que hace referencia la presente convocatoria estará formado por los/las integrantes de la Junta Directiva de la SOGACAR.
- El presupuesto máximo destinado a esta convocatoria de ayudas es de 8.000 euros, que se repartirá entre las solicitudes que alcancen la calidad suficiente de acuerdo con el criterio del Comité Científico.
- La cuantía máxima de cada ayuda podrá ser de hasta 000 euros, hasta agotar el presupuesto establecido en el apartado 2. El número máximo de solicitudes financiables será de 8.
- Podrá solicitar esta ayuda cualquier socio/a de la SOGACAR que haya realizado o tenga previsto realizar una estancia formativa, asistencial o de investigación, en un centro extranjero de prestigio reconocido durante el año 2026.
- La estancia formativa mínima financiable será de 2 meses.
- El solicitante no podrá contar con otra colaboración económica adicional para realizar la estancia formativa diferente al propio salario del centro en el que trabaja habitualmente.
- La solicitud de la beca ha de enviarse por correo electrónico al e-mail de la SOGACAR: info@sogacar.com.
- Deberá aportar documento acreditativo de aceptación del centro donde vaya a desplazarse, aceptación de su hospital o informe de su tutor o jefe de servicio y curriculum vitae.
- La solicitud deberá recibirse en la secretaría de la SOGACAR antes del 16 de abril de 2026.
- Es condición indispensable para recibir el importe de la Beca que el solicitante sea miembro de la SOGACAR con anterioridad a la solicitud, estando al día de los pagos y esté inscrito en su Reunión Científica Anual.
- No se podrá solicitar más de una beca cada dos años. Tendrán preferencia las primeras solicitudes de un/a mismo/a candidato/a.
- La relación de becas concedidas se anunciará durante la Reunión Científica Anual de la SOGACAR.
- En el momento de la concesión de la beca, la SOGACAR abonará el 70% de la cuantía de la El 30% restante se entregará una vez recibida en la secretaría de la SOGACAR un informe final de la estancia realizada.
- En el caso de que la estancia no llegue a realizarse, el/la adjudicatario/a de la beca deberá comunicarlo al Comité Científico, que podrá reclamar el reintegro de la cantidad abonada y, en su caso, su asignación a otros/as solicitantes hasta el límite máximo establecido en los apartados 2 y 3.
- En caso de recibir un número de solicitudes que exceda a los límites especificados en los apartados 2 y 3, el Comité Científico de la SOGACAR establecerá un orden de prelación de acuerdo con la puntuación obtenida en el siguiente baremo:
- Artículos publicados en revistas JCR como primer/a autor/a, segundo/a autor/a, autor/a para correspondencia o último/a autor/a: 1 punto por artículo hasta 5
- Nº de abstracts presentados en congresos como primer/a o segundo/a autor/a: 3 puntos por abstract hasta 3 puntos.
- Tesis doctoral: 4
- Solicitante MIR: 3
- Calidad de la estancia formativa: Hasta 10
- La decisión del Comité Científico de la SOGACAR será inapelable.
- El Comité Científico de la SOGACAR será el encargado de velar por el cumplimiento de la presente normativa.
- Mediante la aceptación de la beca para estancia en el extranjero, el/la solicitante asumirá el compromiso de continuar como socio/a de la SOGACAR durante al menos 5 años tras la concesión de la ayuda.
- La participación en esta convocatoria implica la aceptación de estas bases.
